En la actualidad, no existe ningún instrumento internacional jurídicamente vinculante que abarque específicamente los derechos de los Pueblos Indígenas o los derechos de las mujeres y niñas indígenas. Por ello, la Recomendación General #39, establecerá un vínculo crucial entre los derechos de las mujeres y niñas indígenas y las obligaciones legales contenidos en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y otros tratados internacionales de derechos humanos.
Por ello, la adopción de una Recomendación General sobre los derechos de las mujeres y niñas indígenas exigirá a los Estados Parte que reconozcan la especificidad de las experiencias de las mujeres indígenas, sus problemáticas particulares y las obligaciones del Estado en relación con la discriminación múltiple e interseccional que éstas enfrentan, es decir, la discriminación por sexo y género, edad, su origen étnico, su nivel socioeconómico, si proceden del ámbito rural, entre otras. Esta Recomendación enviará claramente el mensaje de que los Estados son responsables de eliminar la discriminación contra las mujeres y niñas indígenas en virtud de la CEDAW.
Asimismo, ampliará, dentro del sistema de la ONU, la comprensión de los derechos de las mujeres indígenas, con la formación de nuevos espacios para el activismo y la democratización del derecho internacional de los derechos humanos.
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25 octubre, 2022